A través de la resolución 90/2017 el Ministerio de Agroindustria de la Nación estableció cuáles son las condiciones para que las exportaciones de alimentos, entre ellas las de origen pesquero, puedan obtener un reintegro adicional del 0,5% por cumplir con los requistos de ser organicos, contar con denominación de origen y/o estar vinculados al sello “Alimentos Argentinos, Una Elección Natural”.
La resolución se relaciona con el decreto 1341/2016 del gobierno nacional, mediante el cual se dispuso conceder un reintegro adicional para aquellos productos que sean ecológicos, biológicos u orgánicos; cuenten con el derecho de uso del Sello “Alimentos argentinos una elección natural”; y/o que cuenten con una Denominación de Origen o una Indicación Geográfica, con el objetivo de “ampliar la oferta de agroalimentos diferenciados y potenciar el agregado de valor”.
En la normativa se argumentó que “el Estado nacional está decidido a tomar las medidas necesarias con el fin de promover la mejora de la competitividad del sector agropecuario y agroindustrial y el valor agregado de sus productos, fomentando el agregado de valor en origen y sus exportaciones”.
Ahora, a través de la resolución 90/2017 el Ministerio de Agroindustria , precisó que para acceder al beneficio las firmas interesadas deberán presentar una constancia de certificado por cada exportación para demostrar las pautas previstas para el otorgamiento del reintegro.
Según la norma, los productos de origen orgánico/ecológico demandarán la certificación del Senasa. En cambio, el uso del sello “Alimentos Argentinos” u otra denominación de origen lo certificará la Subsecretaría de Alimentos y Bebidas; dependiente de Agroindustria.
Por último, se anunció que las autoridades proyectan implementar un sistema de carga y trámite vía web.
Entre otros sectores, la normativa es de aplicación en la industria pesquera debido a que varios de sus productos cumplen ampliamente con los requisitos exigidos.
Resolución 90 E-2017
Document (1) by CEPA CEPA on Scribd